AREA DE CONVIVENCIA ESCOLAR
El Área de Convivencia escolar está liderada por: Mr. Óscar Pablo Aguilera Cárcamo , Conformada por la Srta. Karin Olivares Andrade quien tiene a su cargo de 1° Básico a 6° Básico . Srta. Jacqueline Barria Parra quien tiene a su cargo de 7° Básico a 4° Medio .
Mr. Óscar Aguilera Cárcamo – Encargado Unidad Convivencia Escolar
Srta. Karin Olivares Andrade – Srta. Jacqueline Barria Parra
Inspectoras Unidad Convivencia Escolar
La Ley N° 20.536, sobre violencia escolar, publicada el 17 de septiembre de 2011, define convivencia escolar, como “ la coexistencia armónica de los miembros de la comunidad educativa, que supone una interrelación positiva entre ellos y permite el adecuado cumplimiento de los objetivos en un clima que propicia el desarrollo integral de los estudiantes”[1], en cuya definición se sustenta este reglamento de Convivencia escolar.
Ahora bien, siendo la convivencia escolar “un aprendizaje transversal que interrelaciona a la escuela, la familia y la sociedad, en la medida en que todos los espacios en los que se desenvuelven los y las estudiantes ofrecen modelos, pautas de conducta y valores que van conformando determinadas formas de convivir con los demás y que se constituyen en aprendizajes que van integrando en su formación”[2], por esto, el colegio se constituye en articulador, entregando a los alumnos en cada instancia que desarrolla dentro del establecimiento una fuente de aprendizaje, no sólo académico sino de habilidades que contribuirán para su desarrollo como ser humano integral.
ARTICULO 1º: OBJETIVOS
- Preservar y garantizar el normal desarrollo de la convivencia interna y de todas las actividades escolares que se realicen en los recintos y lugares que ocupe el Establecimiento para cumplir sus funciones, o fuera de ellos tratándose de actividades oficiales.
- Resguardar, en todo momento o circunstancia, el prestigio de la comunidad educativa del Colegio Punta Arenas, entendiéndose ésta como una agrupación de personas que inspiradas en un propósito común integran una institución educativa.
- Contribuir a la formación y el logro de aprendizajes de todos los alumnos que son miembros de ésta, propendiendo a asegurar su pleno desarrollo espiritual, ético, moral, afectivo, intelectual, artístico y físico. El propósito compartido de la comunidad se expresa en la adhesión al proyecto educativo del establecimiento y a sus reglas de convivencia.
- Establecer protocolos de actuación para los casos de maltrato escolar, los que estimulan el acercamiento y entendimiento entre las partes del conflicto. También se señalan los protocolos necesarios para la buena convivencia de la comunidad educativa, en caso de abuso sexual infantil y de Prevención del Alcohol y Drogas
[1] Ley N° 20.536, sobre Violencia Escolar, agrega el párrafo 3, de Convivencia Escolar, que incluye el Articulo 16 A en la Ley General de Educación, N° 20.370 publicada el 12 de septiembre de 2009.
[2] http://www.mineduc.cl/usuarios/convivencia_escolar/doc/201309091630460.GestiondelaBuenaConvivencia.pdf